Perú | Osiptel aprueba nueva versión de contratos cortos de servicios de telecomunicaciones en español y lenguas originarias

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Fuente: Oficina de Comunicaciones y Relaciones Institucionales del Osiptel

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó una nueva versión de los contratos tipo o contratos cortos en idioma español y en lenguas originarias quechua, aimara, ashaninka y shipibo-konibo, que las empresas operadoras deberán entregar a los usuarios al momento de contratar servicios públicos de telecomunicaciones.

De acuerdo a Resolución de Gerencia General n.° 68-2025-GG/OSIPTEL, el uso obligatorio de esta nueva versión de contratos tipos será a partir del 1 de mayo de 2025 y aplica para los servicios móviles, de telefonía fija, acceso a internet fijo y móvil y televisión de paga, sea que se ofrezcan en forma individual o empaquetada. En esta oportunidad, también se incorpora el servicio de acceso a internet fijo inalámbrico.

La nueva versión de los contratos cortos incorpora modificaciones normativas referidas, principalmente, a los canales de consulta de las recargas y saldo, las causales de modificación del contrato, así como la información específica sobre cobertura del servicio. También se dispone adecuaciones en las consideraciones generales y a la cartilla informativa de derechos del usuario, que forman parte integrante del contrato.

Como se recuerda, en octubre de 2020, el Osiptel implementó un nuevo modelo de contrato más corto, que utiliza un lenguaje ágil y cercano al abonado para facilitar su lectura y el entendimiento de las condiciones contractuales de los servicios de telecomunicaciones que adquiera. Posteriormente, el 5 de febrero de 2021, dispuso la implementación de los contratos cortos en quechua y el 29 de mayo de 2021, las versiones en aimara, ashaninka y shipibo-konibo.

“Con esta medida se dejó atrás los extensos contratos de hasta 13 páginas de contenido técnico utilizados por las empresas operadoras”, señaló la directora de Atención y Protección del Usuario del Osiptel, Tatiana Piccini Antón.

Las empresas operadoras se encuentran prohibidas de incluir en sus modelos de contrato de abonado cláusulas distintas a las del contrato tipo.

Desde su implementación hasta el 31 de diciembre de 2024, las empresas operadoras de telecomunicaciones emitieron más de 109 millones de contratos tipo (contratos cortos) para los nuevos usuarios de los servicios móviles y fijos en el territorio nacional.

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