Costa Rica | Comunicado de la Cámara Nacional de Radiodifusión

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Fuente: Cámara Nacional de Radiodifusión (Canara) vía Panorama Digital

Ante una opinión consultiva presentada por Canara, el Tribunal Supremo de Elecciones ordenó al Ministerio de Innovación, Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) no implementar variaciones en el modelo y asignación de frecuencias de radiodifusión hasta que se emitan las declaratorias de elección de los comisios que se realizarán en febrero de 2026.

De acuerdo con el Tribunal, un cambio podría provocar que varias radioemisoras dejen de operar o que sus condiciones de operación varíen sustancialmente, lo cual desmejoraría el acceso de los electores a información de trascendencia político-electoral.

El razonamiento del Tribunal Supremo de Elecciones es que el ejercicio del voto como un derecho, requiere del acceso a la información, que también es un derecho, para cuya efectividad es fundamental el pluralismo informativo y que las agrupaciones políticas tengan acceso a un abanico amplio de medios para difundir sus ideas y convencer de sus propuestas, así como los ciudadanos para recibirlas.

A lo anterior la resolución añade otras tres razones: El impacto negativo que el cambio en la asignación de frecuencias podría provocar en la equidad en la contienda, en el funcionamiento del sistema de financiamiento público de los partidos, y en las opciones del propio Tribunal para comunicarse con la ciudadanía durante el proceso electoral.

Para la Cámara Nacional de Radiodifusión la interpretación que han hecho los magistrados del Tribunal está apegada a la defensa de la democracia de Costa Rica, en especial a la protección de la ciudadanía en el ejercicio de sus derechos de información y expresión.

A la vez es un llamado de atención al Poder Ejecutivo, para que comprenda la importancia que significa para el país contar con medios privados, gratuitos e independientes.

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